Micelio
Auto3 de mayo de 2017

A- de 2017

Ponente José Antonio Cepeda Amarís

Demandante Luis Hernando Salamanca Castillo·Demandado Superintendencia De Industria Y Comercio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 17 Penal con Funciones de Conocimiento de Bogotá y la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad.

Concluye la Corte que el asunto que se examina debe ser resuelto por el precitado juzgado, pues, como lo ha señalado la Corporación, el Decreto 1382 de 2000 simplemente contiene reglas administrativas de reparto, en tanto únicamente son los artículos 86 de la Constitución y 37 del Decreto 2591 de 1991, los que fijan los parámetros relativos a la competencia, los cuales no se desconocieron en el presente caso.

Se dirime el asunto ordenando remitir el expediente al Juzgado 17 Penal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 20 de febrero de 2017, del Juzgado 17 Penal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, dentro de la acción de tutela de Luis Fernando Salamanca Castillo en contra de Superintendencia de Industria y Comercio y Continental Voyages Club-on Vacation.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2836 al Juzgado 17 Penal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.